Resumen: La sentencia desestima el recurso contra las resoluciones del Consulado General de España en Quito (Ecuador) que deniegan a las nietas de la actora, Apolonia y Rubén, solicitudes de visado de estancia de corta duración (C). Tras exponer la normativa aplicable y los requisitos exigibles para la obtención de estos visados y justificar que las resoluciones recurridas se encuentran debidamente motivadas, declara que no consta ninguna documentación acreditando la exacta situación económica, social y familiar ni de los menores ni de la unidad familiar a la que pertenecen, que constituya una garantía de que retornarán a su país de residencia cuando termine la visita a España con su abuela, la recurrente. Precisa que la concesión de visados de esta clase exige la existencia de arraigo familiar, económico y social de sus solciitantes que garantice que retornarán a su país cuando termine la estancia.
Resumen: PRIMERO.- Por la parte apelante se alza contra la resolución de instancia que deniega el despacho de ejecución y decreta el archivo del procedimiento.
Resumen: PRIMERO.- La parte apelante se alza contra el Auto dictado en la instancia que no estima la competencia de los Tribunales españoles para conocer de la demanda presentada, manteniendo la recurrente dicha competencia.